En una oscura noche de fin de legislatura se aprobó en Honduras la nueva ley del Código Penal, publicada en el diario oficial La Gaceta el 10 de mayo de 2019. El artículo 231 viene con dedicatoria a los medios de comunicación alternativos:

“Si las injurias o calumnias recayeren sobre una institución sujeta a la supervisión e inspección de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros (CNBS) o sus funcionarios y como consecuencia de los referidos actos, se atente contra la reputación de la institución, prestigio financiero o que la misma sea objeto de retiro masivo de depósitos o inversiones, mayores o superiores a su flujo normal u ordinario, producto del menoscabo en la confianza de los clientes, usuarios, depositantes o inversionistas generados por las calumnias o injurias proferidas, se impondrán las penas señaladas en el artículo anterior incrementadas en un medio (1/2)”.